Devolución IVA a viajeros

Cómo se puede recuperar el IVA pagado en España por las compras que realiza un viajero no residente en la Union Europe?

Tendrá derecho si usted:

  1. Tiene su residencia habitual fuera de la Unión Europea
  2. Sus compras no constituyen expediciones comerciales y abandonan la UE dentro de los tres meses siguentes a su adquisición.

Condiciones que deben cumplir:

  1. Las compras efectuadas deben ser de carácter personal, es decir, desprovistas de finalidad comercial
  2. El viajero deberá aportar Nº de pasaporte, DNI o cualquier otro documento admitido en derecho que acredite la residencia fuera de la UE.
  3. Deberán llevar consigo las mercancías compradas a su país de residencia habitual, en el plazo de tres meses siguientes a la fecha de la realización de sus compras.
  4. No se admite el sellado manual de facturas en Aduana como antes, y sin solicitar el documento DIVA en nuestras tiendas, no se podrá devolver el IVA Soportado, los trámites son anteriores a la salida del Territorio Nacional.
  5. Al salir del territorio español, tendrá que validar el documento DIVA: Antes de que expire el tercer mes subsiguiente al mes en que usted compró las mercancías, cuando usted salga de la Unión Europea. Recuerde llevar sus compras, (no deben ser facturadas antes de la validación del formulario)
  6. ¿Cómo hay que validar el Documento DIVA? Usted puede validar sus formularios en España, utilizando directamente los terminales interactivos del sistema “DIVA”, sin necesidad de pasar por las oficinas del servicio de aduanas.
  7. ¿DÓNDE puedo encontrar un terminal interactivo del sistema “DIVA”? Los terminales interactivos del sistema “DIVA”, se suelen encontrar cerca de las oficinas de aduanas, situadas en los puntos de salida del territorio español (aeropuertos internacionales, puertos marítimos y fronteras terrestres)
  8. No se admite el sellado manual de facturas en Aduana como antes, y sin solicitar el documento DIVA en nuestras tiendas, no se podrá devolver el IVA Soportado, los trámites son anteriores a la salida del Territorio Nacional.
  9. Más informaciones: Agencia Tributaria European Comission